PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Tramsur, como empresa con trayectoria desde el año 1981 ofreciendo el mejor servicio a todos sus clientes, ofrece a las personas con discapacidad toda su experiencia para importar un vehículo con exoneración arancelaria, la cual está directamente relacionada con el porcentaje indicado en el carné de la persona con discapacidad.
Requisitos
Para que las personas con discapacidad puedan realizar el trámite para la importación de bienes y vehículos deberán contar con el carné de discapacidad emitido por el Ministerio de Salud Pública (MSP). Posterior, se deberá obtener la Autorización electrónica emitida por la Dirección Nacional de Discapacidades.
Las personas con discapacidad y/o las personas jurídicas encargadas de su protección presentarán las solicitudes de exoneración de tributos en el Sistema Informático de la Aduana ECUAPASS, a través del formulario “Solicitud de exoneración de tributos para la importación de bienes y vehículos para personas con discapacidad”, para lo cual se deberá adquirir el certificado de firma electrónica (en formato token). (Tomado de la vigente Resolución Nro. SENAE-SENAE-2020-0041-RE).
Reglamentos
Los vehículos que pueden ser importados por las personas con discapacidad deben cumplir con varios aspectos específicos establecidos por las leyes y normativas del Ecuador; éstas son:
• El vehículo a importarse podrá ser un modelo de hasta tres (3) años de fabricación anteriores al año de la importación.
• Únicamente se podrán importar vehículos "usados" a los que se tomará el valor MSRP para aplicar la depreciación lineal y determinar si está dentro del monto de exoneración permitido.
• El cupo máximo permitido por la ley para comprar el vehículo es de 60 Salarios Básicos Unificados (SBU) FOB USD $24.000,00.
• Bajo ningún concepto se podrán importar vehículos que hayan registrado/presentado cualquier tipo de accidente/incidente, por ejm. que reflejen estado salvage, rebuilt, minor damage, etc.
Porcentaje indicado en el carné de discapacidad y porcentajes de exoneración:
MIGRANTES RETORNADOS
Ofrecemos a aquellas personas que desean retornar al país, luego de haber residido en el extranjero, el poder traer con exoneración arancelaria total sus bienes inmuebles (nuevos y/o usados) siempre y cuando estén dentro de lo permitido.
Requisitos
Para que las personas migrantes puedan acogerse a la importación de bienes y vehículos deberán contar con las formalidades de los prerrequisitos: no haber estado más de 180 días consecutivos o no en el país durante los últimos 2 años; haber estado viviendo en el exterior por más de 2 años; y, manifestar su intención libre y voluntaria de retornar al país ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana (MREMH).
Las personas migrantes deberán presentar todos los documentos necesarios a fin de que SENAE realice la declaración aduanera de todos los bienes que serán sujetos a exoneración arancelaria conforme las nuevas disposiciones otorgadas por la Reformada Ley de Movilidad Humana (publicada mediante Tercer Suplemento Registro Oficial Nro. 386) y la Resolución SENAE-SENAE-2021-0047-RE (a hacerse efectiva a partir de Agosto 2021).
Reglamentos
Para los vehículos o motocicletas que pueden ser importados por las personas migrantes se deben cumplir con varios aspectos específicos establecidos por las leyes y normativas del Ecuador; éstas son:
• Los años modelo del vehículo y motocicleta deben corresponder a los últimos 4 años previos al de la importación.
• El vehículo no puede exceder el precio de 80 Salarios Básicos Unificados (SBU).
• La motocicleta no puede exceder el precio de 25 SBU.
• Si el precio del vehículo automotor o motocicleta excede el límite establecido, se puede permitir la admisibilidad hasta en 10 SBU más.
• Los bienes deben ser embarcados conjuntamente.
• Bajo ningún concepto se podrán importar vehículos que hayan registrado/presentado cualquier tipo de accidente/incidente, por ejm. que reflejen estado salvage, rebuilt, minor damage, flood, etc.
COTIZAR
Si desea cotizar algún vehículo en específico por favor adjunte un archivo digital en formato PDF con los siguientes datos obligatorios:
REGÍMEN PERSONAS CON DISCAPACIDAD:
- Nombres y apellidos,
- Foto/escaneado (nítido) de ambas caras de la cédula de la persona con discapacidad,
- Indicar vehículo que le interesa importar (indicar: año, marca, modelo, submodelo),
- Correo electrónico,
- Número de celular,
- Ciudad donde reside,
- Foto/escaneado (nítido) de ambos lados del carné del MSP.
REGÍMEN MIGRANTES RETORNADOS:
- Nombres y apellidos,
- Foto/escaneado (nítido) de ambas caras de la cédula de la persona migrante,
- Indicar vehículo o motocicleta que le interesa importar (indicar: año, marca, modelo, submodelo),
- Correo electrónico,
- Número de celular,
- Ciudad donde reside en el exterior y donde residirá en Ecuador.
- *En el caso que el Migrante se encuentre en Ecuador vamos a precisar una foto/escaneado (nítido) del Movimiento Migratorio*.